Mudarse crea dos problemas conectados: liberar el valor de la vivienda actual y asegurar la siguiente. El mejor orden depende de su capacidad financiera, la facilidad de venta, la urgencia de la mudanza y el riesgo que pueda asumir.
Tres caminos
Elija la secuencia antes de firmar contratos
- 01Vender primero
Da más certeza sobre el capital disponible y reduce el riesgo de mantener dos viviendas, pero puede exigir alojamiento temporal o un plazo de entrega negociado.
- 02Comprar primero
Facilita la mudanza, pero exige capacidad para financiar y mantener ambas operaciones hasta la venta. Debe existir margen por si la vivienda actual tarda más o se vende por menos.
- 03Coordinar las dos operaciones
Permite acercar escrituras y usar el producto de la venta en la compra, pero aumenta la dependencia entre compradores, vendedores, bancos y plazos contractuales.
Presupuesto
Calcule el capital neto, no solo el precio anunciado
Reste al precio probable de venta el capital pendiente, costes de transacción, impuestos estimados, mediación si procede, mudanza y obras. Solo después defina la entrada y el presupuesto de la nueva vivienda.
Si necesita nueva financiación, solicite una evaluación de solvencia antes de asumir compromisos. El banco considerará ingresos, gastos, otros créditos y su capacidad para devolver el préstamo.
Fiscalidad y contratos
Confirme plazos de reinversión y cláusulas
La exclusión de tributación de plusvalías por reinversión depende de condiciones relativas a la vivienda habitual, importes, fechas y uso de la nueva vivienda. Confirme el régimen aplicable antes de decidir la secuencia.
El contrato preliminar portugués, denominado contrato-promessa de compra e venda (CPCV), establece compromisos vinculantes para la compraventa. Si la compra depende de la venta de otra vivienda, obtenga asesoramiento para reflejar esa dependencia, los plazos y las consecuencias de los retrasos. Todas las partes deben comprender qué depende de qué.
Fuentes verificadas
Información oficial que debe confirmar
Contenido informativo revisado con las fuentes oficiales disponibles el 26 de agosto de 2026. No sustituye asesoramiento jurídico, fiscal, financiero o técnico adaptado al caso concreto.